El Centro

Hoy en día resulta imprescindible redoblar la apuesta para favorecer la competitividad de nuestro tejido empresarial. En INTROMAC sabemos muy bien que la tecnología y el conocimiento juegan un papel multiplicador en la adquisición de ventajas competitivas. Así que estamos a disposición de las empresas para ayudarles en este apasionante reto.

Un reto que pasa por la transformación de actividades productivas tradicionales en nuevas industrias tecnológicamente avanzadas, que integren la innovación, la calidad y el valor añadido en su cadena de valor. Porque la tecnología y la innovación ya no solo son factores de diferenciación para la empresa, sino de supervivencia

El INTROMAC es un Consorcio de carácter administrativo perteneciente al Sector público autonómico, conforme a la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura. INTROMAC tiene la condición de agente de los Sistemas Extremeño y Español de Ciencia, Tecnología e Innovación con arreglo a la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura y a la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, respectivamente.

INTROMAC está adscrito a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en virtud del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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Estatutos

El Consorcio para la gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de la Construcción (INTROMAC) se crea, mediante convenio suscrito el 19 de enero de 1998, como entidad de derecho público con personalidad jurídica propia, independiente de la de sus miembros, y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines específicos. La publicación de dicho convenio, la participación de la Junta de Extremadura en el Consorcio, y la aprobación de sus Estatutos se realiza mediante el Decreto 149 /1998, de 22 de diciembre (DOE nº 150, de 31 de diciembre de 1998). El Consorcio comienza su actividad el 8 de abril de 1999.

Los anteriores Estatutos del Consorcio para la gestión de INTROMAC han sido modificados mediante el Decreto 276/2014, de 22 de diciembre (DOE nº 249, de 29 de diciembre de 2014) y Decreto 36/2020, de 28 de julio (DOE nº 145, de 28 de julio de 2020)

Participación

   Participación    Voto
Comunidad Autónoma de Extremadura 100 % 57,14 %
Sector Público Empresarial 0 14,29 %
Sector Privado Empresarial 0 28,57 %

Según se recoge en sus Estatutos, INTROMAC tiene como FINES, la investigación científica, el desarrollo tecnológico e innovación, la normalización y control de calidad de productos, la certificación, promoción, formación y transferencia de conocimiento y tecnología en el campo de las rocas ornamentales y la construcción pública o privada, así como la colaboración a nivel nacional e internacional con otros centros, instituciones y empresas.

Para dar cumplimiento a los fines anteriores INTROMAC tiene como FUNCIONES siguientes:

  • Transferir los resultados de la investigación científica y tecnológica a instituciones públicas y privadas.
  • Proporcionar servicios científico-técnicos a la Junta de Extremadura así como a otras Administraciones e instituciones públicas y privadas.
  • Impulsar la creación de entidades y empresas de base tecnológica.
  • Formar personal de investigación.
  • Fomentar la cultura científica en la sociedad.
  • Gestionar las instalaciones científico-técnicas que le sean encomendadas por la Junta de Extremadura en el marco del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  • Colaborar con otros organismos públicos y privados en el desarrollo de actividades de investigación científica y técnica y desarrollo tecnológico.
  • Colaborar con la Universidad de Extremadura, así como con otras universidades en las actividades de investigación científica y técnica y desarrollo tecnológico y en la enseñanza de posgrado.
  • Informar, asistir y asesorar en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación a entidades públicas y privadas.
  • Cualesquiera otras que estuviesen directamente relacionadas con los fines del Consorcio y que sean delegadas por las Entidades consorciadas en éste.

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